martes, julio 31, 2007

Transcripción y cotejamiento

Es en el cotejamiento en donde se obtiene la prueba de la fidelidad de una transcripción. Se compara un texto inicial -o registro de una experiencia inicial Xo- con su experiencia o registro posterior -o transcripción X1- en un protocolo que venera por segunda vez la inutilidad aparente del acto mecánico de la transcripción.

Si transcribir es hablar con la voz de los otros -estar tan lejos del centro de interés-, tener que dar prueba de que dicho hablar al margen es efectivamente fiel, es algo así como ir a los extramuros del margen: no sólo el monopolio de los privilegios surge como impedimento para tener una voz propia, sino que hay que añadir la ironía de tener que dar prueba irrefutable del impedimento. Negarse a cotejar -a dar la prueba- viene a ser entonces la única opción que no clausura definitivamente la esperanza de una posibilidad individual.

En un época en donde la sucesión de experiencias digitales Xo, X1, X2... no determina necesariamente la existencia de un original o de una fuente -es decir, en donde Xo puede ser X3, y Xm podría ser Xn- la única forma de restaurar el orden de los eventos es a través de la exhibición de la prueba que se deriva de la manualidad. Sin embargo, en esta manualidad sucede una paradoja: podemos cotejar y situar efectivamente experiencias que suceden en diferentes momentos en un línea ordenada de tiempo, pero en la prueba que implica el cotejamiento muere la transcripción como acto de fé: al decir "he transcrito a pierre menard", sólo una prueba caligráfica manual asociada indiscutiblemente a mi caligrafía podría dar prueba de que sucede lo que digo que sucede: es decir, una duplicación efectiva mecánica y manual del texto de Borges. En cualquier otro caso sólo un acto de fé puede dar cuenta de una transcripción. La prueba clausura nuestra posibilidad de tener confianza.

La transcripción entendida como una cita sin su fuente.

En todo proceso judicial -incluso en su protoforma que es el noticiero de televisión- vemos que se acompaña la voz del acusado con la transcripción simultánea en pantalla; al igual que con una escritura notarial, el cotejamiento de la absoluta igualdad entre las copias es garantía de la formalización de un acuerdo en el que nada queda invisible.

Esta misma carga de la prueba tiene lugar en un proceso de transcripción entre dos diversos tipos de experiencias sensoriales (acústica a visual, o visual a acústica) en donde las diferentes lógicas particulares de cada forma de experiencia permiten intuir la transcripción como la forma más elemental en cualquier proceso de traducción.

Derivado de Pierre Menard: la transcripción es una abolición del autor, no por el ocultamiento -alias, identidades paralelas, suplantación pseudónima, esquizofrenia IP- al que puede fácilmente llegarse en un mundo de "servidores y servilismos digitales", sino en la potencialidad de proponer a cada transcriptor como un nuevo autor, y a cada transcripción como una nueva obra. Cada Pierre Menard es un autor (Borges o Cervantes) y cada nueva "cita" es una nueva obra.

Al escribir a continuación una nueva obra eliminando lo optativo en un mundo sin libertad -real o nominal- sólo queda el registro invisible de un acto de fe en el acta de transcripción de una experiencia anterior donde la libertad es a su vez un acto de fé en la medida en que remitiría en la cadena del tiempo a todos los antecedentes de un hombre vinculado a la supuesta originalidad de la experiencia.